La Asociación Profesional de Peritos de las Nuevas Tecnologías-PETEC ha creado la Medalla al Mérito de la Ciberdefensa. Y lo ha hecho con calculada ambigüedad, de modo que los ciudadanos no iniciados en asuntos premiales, que son la inmensa mayoría, pensarán muy posiblemente que nos encontramos ante una nueva condecoración oficial. Nada más lejos de la realidad. Se trata de una distinción de naturaleza estrictamente privada, aunque la denominación elegida incluya la palabra “Ciberdefensa”, actividad sobre la que, como es sabido, ejerce competencias exclusivas el Estado por medio del Ministerio de Defensa, según mandato del art. 149.4 de la Constitución.
Por si fuera poco, el diseño guarda enorme parecido con la Cruz de Guerra, la cinta de la que cuelga exhibe los colores de la bandera de España y la nota de prensa que la Asociación Profesional de Peritos de las Nuevas Tecnologías ha distribuido al efecto no duda en tratar de justificar la decisión adoptada envolviéndola en una retórica oficial: “en 2013 el Ministerio de Defensa creó el Mando Conjunto de Ciberdefensa, dependiente del Estado Mayor de la Defensa. Ese mismo año se aprobó la primera Estrategia Nacional de Ciberdefensa. Años antes, y adscrito al CNI, se puso en marcha el Centro Criptológico Nacional… “.
Si unimos a todas estas circunstancias el hecho de que la creación se ha dado a conocer en el Boletín Oficial del Estado, la confusión está servida. Porque, lo que sus avispados promotores no dicen, claro está, es que el anuncio en el Boletín lo ha sido en la Sección de “Anuncios Particulares” y que previamente han tenido que abonar el importe de su inserción.
Incremento injustificado de condecoraciones
La creciente invasión de los espacios de representación simbólica tradicionalmente reservados al Estado por parte de operadores privados ha provocado un incremento absolutamente injustificado de “condecoraciones” de este tipo, de forma que la ciudadanía ya no distingue cuando estamos ante una condecoración otorgada por los poderes públicos y cuando estamos ante un galardón meramente asociativo o con encubiertos fines publicitarios, mercantiles o empresariales.
Nada que objetar a que una asociación privada cree una distinción para premiar a sus asociados o a ciudadanos particulares u otras entidades que se hayan hecho merecedoras de ello. El problema se suscita cuando, como en el caso que nos ocupa, las normas de concesión contemplan expresamente que sus destinatarios son “funcionarios del Estado, miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, Reales Fuerzas Armadas” o “autoridades o personas que acrediten méritos y servicios en la Ciberdefensa”. Y nos preguntamos, ¿qué legitimidad tiene una entidad privada para “acreditar méritos y servicios en la Ciberdefensa”? ¿Qué ocurre si las autoridades de los Ejércitos no comparten la benévola valoración que de unos pretendidos merecimientos sobre una competencia que ejercen en exclusiva hace una instancia particular?
El guirigay del derecho premial
A buen seguro, no tardaremos en ver en las redes sociales y en las páginas de un diario nacional de referencia fotografías de los miembros de la Asociación Profesional de Peritos de las Nuevas Tecnologías junto a uniformados de alta graduación, todos muy ufanos y satisfechos tras haber recibido la referida “condecoración”. No es la primera iniciativa de este tipo. Desde hace unos años a esta parte algunos medios se hacen periódicamente eco de los actos de imposición de unas pintorescas medallas privadas, con apelativos y denominaciones rimbombantes, a diplomáticos y altos mandatarios extranjeros, la mayor parte pertenecientes a países lejanos y exóticos a buen seguro poco conocedores de la historia de nuestro país. La Política Exterior es, junto con la Defensa Nacional, el otro gran pilar sobre el que descansa la acción unitaria del Estado, hasta el punto de que ni siquiera las comunidades autónomas están habilitadas para impulsar actuaciones en este ámbito.
¿Son plenamente conscientes los destinatarios de tales “condecoraciones” que lo que reciben nada tiene que ver con el interés público ni con los objetivos de la actividad diplomática definida por el Gobierno?
El derecho premial español, salvo honrosas excepciones, es un guirigay de normas y disposiciones desfasadas, eventos deslucidos o cursis y pretenciosos, según el organizador de turno, y comportamientos absolutamente desnortados. Por favor, no lo maltratemos más.
Nota:(Escrito por un alto cargo de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía y que ésta ha hecho suya)